Saltar al contenido
Portada » Mi cuenta

Contraseña perdida

¿Perdiste tu contraseña? Por favor, introduce tu nombre de usuario o correo electrónico. Recibirás un enlace para crear una contraseña nueva por correo electrónico.

Resolución de disputas de nombres de dominio

Lea este acuerdo detenidamente, ya que contiene información importante sobre sus derechos y recursos legales.

Última revisión: 2021-01-29 09:52:35

1. PROPÓSITO

Esta Política Uniforme de Resolución de Disputas de Nombres de Dominio

(la "Política") ha sido adoptada por la Corporación de Internet para

la Asignación de Nombres y Números ("ICANN"), se incorpora por

referencia en su Acuerdo de Registro y establece los términos y condiciones en

relación con una disputa entre usted y cualquier parte que no sea nosotros (el registrador)

sobre el registro y uso de un nombre de dominio de Internet registrado por

usted. Los procedimientos bajo el Párrafo 4 de esta Política se llevarán a cabo

de acuerdo con las Reglas para la Política Uniforme de Resolución de Disputas

de Nombres de Dominio (las "Reglas de Procedimiento"), que están

disponibles en la política de disputas, y las reglas complementarias del

proveedor de servicios de resolución de disputas administrativas seleccionado.

2. SUS REPRESENTACIONES

Al solicitar el registro de un nombre de dominio, o al pedirnos que

mantengamos o renovemos el registro de un nombre de dominio, usted nos declara

y garantiza que (a) las declaraciones que hizo en su Acuerdo de registro son

completas y precisas; (b) que usted sepa, el registro del nombre de dominio no

infringirá ni violará los derechos de ningún tercero; (c) no está registrando

el nombre de dominio para un propósito ilegal; y (d) no utilizará a sabiendas

el nombre de dominio en violación de las leyes o regulaciones aplicables. Es su

responsabilidad determinar si el registro de su nombre de dominio infringe o

viola los derechos de otra persona.

3. CANCELACIONES, TRASLADOS Y CAMBIOS

Cancelaremos, transferiremos o realizaremos cambios en los registros de

nombres de dominio en las siguientes circunstancias:

una. sujeto a las disposiciones del Párrafo 8, nuestra recepción de

instrucciones escritas o electrónicas apropiadas de usted o su agente

autorizado para tomar tal acción;

B. nuestra recepción de una orden de una corte o tribunal arbitral, en

cada caso de jurisdicción competente, requiriendo dicha acción; y / o

C. nuestra recepción de una decisión de un Panel Administrativo que

requiera tal acción en cualquier procedimiento administrativo en el que usted

fuera parte y que se llevó a cabo bajo esta Política o una versión posterior de

esta Política adoptada por ICANN. (Véase el párrafo 4 (i) y (k) a

continuación).

También podemos cancelar, transferir o realizar cambios en el registro

de un nombre de dominio de acuerdo con los términos de su Acuerdo de registro u

otros requisitos legales.

4. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO OBLIGATORIO

Este párrafo establece el tipo de disputas por las cuales debe someterse

a un procedimiento administrativo obligatorio. Estos procedimientos se llevarán

a cabo ante uno de los proveedores de servicios de resolución de disputas

administrativas enumerados aquí: www.icann.org/udrp/approved-providers.htm

(cada uno, un "Proveedor").

una. Controversias aplicables. Debe someterse a un procedimiento

administrativo obligatorio en caso de que un tercero (un

"reclamante") afirme al Proveedor correspondiente, de conformidad con

las Reglas de procedimiento, que: i) su nombre de dominio es idéntico o confusamente

similar a una marca comercial o marca de servicio sobre la que el reclamante

tiene derechos; y ii) no tiene derechos o intereses legítimos con respecto al

nombre de dominio; y iii) su nombre de dominio ha sido registrado y se está

utilizando de mala fe.

En el proceso administrativo, el denunciante deberá acreditar la

presencia de cada uno de estos tres elementos.

 

B. Evidencia de registro y uso de mala fe. Para los propósitos del Párrafo

4 (a) (iii), las siguientes circunstancias, en particular pero sin limitación,

si el Panel determina que están presentes, serán evidencia del registro y uso

de un nombre de dominio de mala fe:

i) circunstancias que indiquen que se ha registrado o que ha adquirido

el nombre de dominio principalmente con el fin de vender, alquilar o transferir

el registro del nombre de dominio al reclamante que es el propietario de la

marca comercial o marca de servicio oa un competidor de esa demandante, por una

consideración valiosa en exceso de sus costos de bolsillo documentados

directamente relacionados con el nombre de dominio; o

ii) ha registrado el nombre de dominio para evitar que el propietario de

la marca comercial o marca de servicio refleje la marca en un nombre de dominio

correspondiente, siempre que se haya involucrado en un patrón de dicha

conducta; o

iii) ha registrado el nombre de dominio principalmente con el propósito

de interrumpir el negocio de un competidor; o

iv) al usar el nombre de dominio, ha intentado intencionalmente atraer,

con fines comerciales, a usuarios de Internet a su sitio web u otra ubicación

en línea, creando una probabilidad de confusión con la marca del reclamante en

cuanto a la fuente, patrocinio, afiliación , o la aprobación de su sitio web o

ubicación o de un producto o servicio en su sitio web o ubicación.

c) Cómo demostrar sus derechos e intereses legítimos en el nombre de

dominio al responder a una queja. Cuando reciba una queja, debe consultar el

párrafo 5 de las Reglas de procedimiento para determinar cómo se debe preparar

su respuesta. Cualquiera de las siguientes circunstancias, en particular pero

sin limitación, si el Panel determina que está probada en base a su evaluación

de toda la evidencia presentada, demostrará sus derechos o intereses legítimos

sobre el nombre de dominio para los propósitos del Párrafo 4 (a) (ii) ):

i) antes de que se le notifique sobre la disputa, su uso o preparativos

demostrables para usar el nombre de dominio o un nombre correspondiente al

nombre de dominio en relación con una oferta de buena fe de bienes o servicios;

o

ii) usted (como individuo, empresa u otra organización) ha sido

comúnmente conocido por el nombre de dominio, incluso si no ha adquirido

derechos de marca comercial o de servicio; o

iii) está haciendo un uso legítimo no comercial o justo del nombre de

dominio, sin la intención de obtener ganancias comerciales para desviar

engañosamente a los consumidores o empañar la marca comercial o de servicio en

cuestión.

D. Selección de proveedor. El reclamante seleccionará al Proveedor entre

los aprobados por ICANN mediante la presentación de la reclamación a ese

Proveedor. El Proveedor seleccionado administrará el procedimiento, excepto en

los casos de consolidación como se describe en el Párrafo 4 (f).

mi. Inicio de Procedimiento y Proceso y Nombramiento de Panel

Administrativo. Las Reglas de Procedimiento establecen el proceso para iniciar

y llevar a cabo un procedimiento y para nombrar el panel que decidirá la

disputa (el "Panel Administrativo").

F. Consolidación. En caso de múltiples disputas entre usted y un

reclamante, usted o el reclamante pueden solicitar la consolidación de las

disputas ante un solo Panel Administrativo. Esta petición se hará al primer

Panel Administrativo designado para escuchar una disputa pendiente entre las

partes. Este Panel Administrativo puede consolidar ante él cualquiera o todas

esas disputas a su exclusivo criterio, siempre que las disputas que se

consolidan se rijan por esta Política o una versión posterior de esta Política

adoptada por ICANN.

gramo. Tarifa. Todas las tarifas cobradas por un Proveedor en relación

con cualquier disputa ante un Panel Administrativo de conformidad con esta

Política serán pagadas por el reclamante, excepto en los casos en que usted elija

expandir el Panel Administrativo de uno a tres panelistas según lo dispuesto en

el Párrafo 5 (b). (iv) de las Reglas de Procedimiento, en cuyo caso todos los

honorarios serán divididos equitativamente por usted y el demandante.

h. Nuestra participación en los procedimientos administrativos. No

participamos ni participaremos en la administración o realización de ningún

procedimiento ante un Panel Administrativo. Además, no seremos responsables

como resultado de las decisiones tomadas por el Panel Administrativo.

I. Remedios. Los recursos disponibles para un reclamante de conformidad

con cualquier procedimiento ante un Panel Administrativo se limitarán a exigir

la cancelación de su nombre de dominio o la transferencia del registro de su

nombre de dominio al reclamante.

j. Notificación y publicación. El Proveedor nos notificará de cualquier

decisión tomada por un Panel Administrativo con respecto a un nombre de dominio

que haya registrado con nosotros. Todas las decisiones bajo esta Política se

publicarán en su totalidad en Internet, excepto cuando un Panel Administrativo

determine, en un caso excepcional, redactar partes de su decisión.

k. Disponibilidad de procedimientos judiciales. Los requisitos del

procedimiento administrativo obligatorio establecidos en el párrafo 4 no

impedirán que usted o el demandante presenten la disputa a un tribunal de

jurisdicción competente para una resolución independiente antes de que se

inicie dicho procedimiento administrativo obligatorio o después de que dicho

procedimiento haya concluido. Si un Panel Administrativo decide que el registro

de su nombre de dominio debe cancelarse o transferirse, esperaremos diez (10)

días hábiles (como se indica en la ubicación de nuestra oficina principal)

después de que el Proveedor correspondiente nos informe de la decisión del

Panel Administrativo antes de implementar esa decisión. Luego, implementaremos

la decisión a menos que hayamos recibido de usted durante ese período de diez

(10) días hábiles documentación oficial (como una copia de una queja, sellada

por el secretario del tribunal) de que ha iniciado una demanda contra el

demandante en una jurisdicción a la que el demandante se ha sometido de

conformidad con el párrafo 3 (b) (xiii) del Reglamento. (En general, esa

jurisdicción es la ubicación de nuestra oficina principal o de su dirección

como se muestra en nuestra base de datos Whois. Consulte los párrafos 1 y 3 (b)

(xiii) de las Reglas de procedimiento para obtener más detalles). dentro del

período de diez (10) días hábiles, no implementaremos la decisión del Panel

Administrativo, y no tomaremos ninguna acción adicional, hasta que recibamos

(i) evidencia satisfactoria para nosotros de una resolución entre las partes;

(ii) evidencia satisfactoria para nosotros de que su demanda ha sido dancelada

o retirada; o (iii) una copia de una orden de dicho tribunal desestimando su

demanda u ordenando que usted no tiene derecho a continuar usando su nombre de

dominio.

5. TODAS LAS DEMÁS CONTROVERSIAS Y LITIGIOS

Todas las demás disputas entre usted y cualquier parte que no sea

nosotros con respecto al registro de su nombre de dominio que no se presenten

de conformidad con las disposiciones del procedimiento administrativo

obligatorio del párrafo 4 se resolverán entre usted y dicha otra parte a través

de cualquier tribunal, arbitraje u otro procedimiento que pueda ser disponible.

6. NUESTRA PARTICIPACIÓN EN CONFLICTOS

No participaremos de ninguna manera en ninguna disputa entre usted y

cualquier otra parte que no sea nosotros con respecto al registro y uso de su

nombre de dominio. No nos nombrará como parte ni nos incluirá de otro modo en

dicho procedimiento. En el caso de que seamos nombrados como parte en dicho

procedimiento, nos reservamos el derecho de presentar todas y cada una de las

defensas que se consideren apropiadas y de tomar cualquier otra acción

necesaria para defendernos.

7. MANTENER EL STATUS QUO

No cancelaremos, transferiremos, activaremos, desactivaremos ni

cambiaremos el estado de ningún registro de nombre de dominio bajo esta

Política, excepto según lo dispuesto en el Párrafo 3 anterior.

8. TRANSFERENCIAS DURANTE UNA DISPUTA

Una. Transferencias de un nombre de dominio a un nuevo titular

No puede transferir el registro de su nombre de dominio a otro titular

(i) durante un procedimiento administrativo pendiente iniciado de conformidad

con el Párrafo 4 o por un período de quince (15) días hábiles (según lo

observado en la ubicación de nuestro lugar principal de negocios) después de

tal se concluye el procedimiento; o (ii) durante un procedimiento judicial

pendiente o iniciado un arbitraje con respecto a su nombre de dominio, a menos

que la parte a la que se transfiera el registro del nombre de dominio acuerde,

por escrito, estar obligada por la decisión del tribunal o árbitro. Nos

reservamos el derecho de cancelar cualquier transferencia de un registro de

nombre de dominio a otro titular que se realice en violación de este

subpárrafo.

 

B. Cambio de registradores

No

puede transferir el registro de su nombre de dominio a otro registrador durante

un procedimiento administrativo pendiente iniciado de conformidad con el

Párrafo 4 o por un período de quince (15) días hábiles (como se observa en la

ubicación de nuestro lugar principal de negocios) después de que dicho

procedimiento haya concluido. . Puede transferir la administración de su

registro de nombre de dominio a otro registrador durante una acción judicial o

arbitraje pendiente, siempre que el nombre de dominio que haya registrado con

nosotros continúe sujeto a los procedimientos iniciados en su contra de acuerdo

con los términos de esta Política. En el caso de que nos transfiera un registro

de nombre de dominio durante la tramitación de una acción judicial o arbitraje,

dicha disputa permanecerá sujeta a la política de disputa de nombre de dominio

del registrador desde el cual se transfirió el registro del nombre de dominio.

9. MODIFICACIONES DE LA POLÍTICA

Nos reservamos el derecho de modificar esta Política en cualquier

momento con el permiso de ICANN. Publicaremos nuestra Política revisada en esta

ubicación al menos treinta (30) días calendario antes de que entre en vigencia.

A menos que esta Política ya haya sido invocada mediante la presentación de una

queja a un Proveedor, en cuyo caso la versión de la Política vigente en el

momento en que se invocó se aplicará a usted hasta que finalice la disputa,

todos esos cambios serán vinculantes para usted con respecto a cualquier

disputa de registro de nombre de dominio, ya sea que la disputa haya surgido

antes, en o después de la fecha de vigencia de nuestro cambio. En caso de que

se oponga a un cambio en esta Política, su único recurso es cancelar el

registro de su nombre de dominio con nosotros, siempre que no tenga derecho a

un reembolso de las tarifas que nos pagó. La Política revisada se aplicará a

usted hasta que cancele el registro de su nombre de dominio.